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AYUDA ASOCIADA A LOS FRUTOS CÁSCARA Y LAS ALGARROBAS IMPORTE UNITARIO DEFINITIVO CAMPAÑA 2021

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La Región de Murcia tiene 62.698,78 Has de superfiicie determinada.

Esta ayuda asociada voluntaria, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº
1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está
destinada a los agricultores con plantaciones de almendro, avellano y algarrobo que cumplan
los requisitos establecidos en la Sección 4ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto
1075/2014 de 19 de diciembre.

El objetivo de esta ayuda es frenar el abandono que afecta a dichas especies, con el
consiguiente problema social, medioambiental y económico que conllevaría.
Esta medida se desglosa a su vez en 2 sub-regímenes de ayuda, en función de la ubicación
de las superficies, ya sea en la región peninsular o en la región insular, cada una con su
correspondiente límite presupuestario tal y como queda reflejado en el Anexo II del citado
Real Decreto.

España Peninsular

La dotación presupuestaria para la campaña 2021 queda establecida en el Anexo II del Real
Decreto 1075/2014 y asciende a 12.710.000 €.
En virtud de lo establecido en el artículo 33 del citado Real Decreto, el importe unitario de
los distintos sub-regímenes de ayuda a los agricultores descritos en el Anexo II del Real
Decreto 1075/2014 a percibir por los agricultores que no estén integrados en el Régimen
simplificado de Pequeños Agricultores, se ha determinado teniendo en cuenta la dotación
presupuestaria de cada una de ellos, una vez descontada la parte de la dotación que se ha
incorporado al citado régimen simplificado en 2021.
En la campaña 2021, el número de hectáreas determinadas asciende a 437.726,32
Hectáreas, según se desglosa a continuación por comunidades autónomas, lo que supone
que el importe unitario definitivo de la ayuda queda fijado en 27,524358 €/Ha.

Estos importes unitarios definitivos se deberán aplicar, tanto a los pagos pendientes como a
los pagos complementarios a los ya realizados con el importe unitario provisional, calculado
el pasado mes de octubre.

Por lo tanto, con estos importes unitarios definitivos, se comunica que ya es posible proceder
al pago del 100% del importe total a abonar para los citados regímenes de ayuda.

Fuente : FEGA
Madrid, 8 de marzo de 2022