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El FEGA ha publicado la resolución de concesión que recoge el listado de beneficiarios de las ayudas a tierras de cultivo de secano, arroz y tomate de industria

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Se ha publicado la resolución de concesión que recoge el listado de titulares de explotaciones beneficiarios de las ayudas agrícolas establecidas en el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, para compensar la situación debida a la sequía y a las condiciones derivadas del conflicto bélico en Ucrania, y que fue desarrollada por la Orden APAS/871/2023, de 20 de julio.

La ayuda beneficia a titulares de explotaciones agrícolas que sean elegibles para la percepción de las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) en la campaña 2023 y que cuenten en su explotación con tierras de cultivo de secano, excluidos los pastos temporales; de regadío en zonas de cultivo tradicional del arroz o de superficie determinada para la ayuda asociada al cultivo de tomate de industria en las últimas campañas.

El número de hectáreas subvencionables para la percepción de estas ayudas ha sido determinado de oficio por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), conforme a los criterios establecidos en la Orden APA/871/2023, de 20 de julio, que desarrolla el real decreto ley mencionado.

La superficie subvencionable de tierras de cultivo de secano corresponde a las hectáreas de tierras, excluidos los pastos temporales, determinadas para la percepción de las ayudas directas correspondientes a la solicitud única de la PAC 2023. En el caso de la comunidad autónoma de Canarias, se ha tomado como referencia el número de hectáreas que figuren en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) a 30 de junio de 2023.

Para estas tierras de cultivo de secano se ha establecido un máximo de 300 hectáreas subvencionables por cada beneficiario.

Las superficies subvencionables de arroz y de tomate de industria corresponden a aquella en la que no se haya realizado siembra en el año 2023.

En este enlace a la página web del FEGA se pude consultar un documento de preguntas más frecuentes elaborado específicamente para estas ayudas, en donde se explica, entre otros aspectos, el cálculo de las superficies subvencionables para cada tipo de producto y se ilustra con diversos ejemplos.

Los importes unitarios definitivos establecidos por el FEGA son:

39,880605 euros por hectárea subvencionable de tierras de cultivo de secano, en las provincias clasificadas como zona de afectación alta por la sequía.

19,940303 euros por hectárea subvencionable de tierras de cultivo de secano, en las provincias clasificadas como zona de afectación media por la sequía.
186,109491 euros por hectárea subvencionable de arroz.
407,668408 euros por hectárea subvencionable de tomate de industria.

No se conceden ayudas a los beneficiarios cuyo importe total a percibir sea inferior a 200 euros.

Las zonas de afectación alta para las tierras de cultivo de secano establecidas en la Orden APA/871/2023 son las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana, Extremadura, La Rioja, Murcia y Navarra, y las provincias de Álava, Ávila, Salamanca y Segovia, así como el enclave de Treviño (Burgos).

La relación de titulares de explotaciones agrícolas que recibirán estas ayudas, junto con el número de hectáreas elegibles y la cuantía de la ayuda a percibir se puede consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del FEGA.https://www.sede.fega.gob.es/content/consulta-de-ayudas-de-estado-extrao...

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