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BARBECHOS PARA PLANTAS MELÍFERAS ADMISIBLES EN LA CAMPAÑA PAC 2022

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El Fondo Español de Garantía Agraria ( FEGA ) ha publicado el listado de especies ricas en polen y néctar admitidas a nivel nacional, así como las condiciones mínimas que deben cumplir las tierras de barbecho para plantas melíferas, para su aplicación en la campaña de solicitudes de ayuda 2022.

Conforme a lo estipulado en el Anexo VIII del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, se publica el listado de especies ricas en polen y néctar admitidas a nivel nacional.

Las especies elegibles que computarán como exigibles para que el barbecho sea considerado como un barbecho para plantas melíferas, son las siguientes:

· Vicia sativa (Familia Leguminosas) / Nombre común: veza
· Vicia villosa (Familia Leguminosas) / Nombre común: vezo velloso
· Onobrychis hispanica (Familia Leguminosas) / Nombre común: pimpirigallo
· Onobrychis viciefolia (Familia Leguminosas) / Nombre común: esparceta
· Ononis natrix (Familia Leguminosas) / Nombre común: hierba melera, atrapa moscas
· Melilotus officinalis (Familia Leguminosas) / Nombre común: meliloto
· Lupinus angustifolius (Familia Leguminosas) / Nombre común: altramuz azul oaltramuz
· Calendula arvensis (Familia Compuestas) / Nombre común: caléndula silvestre
· Chrysanthemum coronarium (Familia Compuestas) / Nombre común: ojo de buey
· Chrysantemum segetum (Familia Compuestas) / Nombre común: corona de rey
· Chrysantemum macrotum (Familia Compuestas) / Nombre común: durieu
· Coriandrum sativum (Familia Umbelíferas) / Nombre común: cilantro
· Brassica napus (Familia Brassicáceas o Crucíferas) / Nombre común: colza
· Diplotaxis virgata (Familia Brassicáceas o Crucíferas) /Nombre común: mostazaamarilla
· Sinapis alba (Familia Brassicáceas o Crucíferas) / Nombre común: mostaza blanca
· Moricandia spp. (Familia Brassicáceas o Crucíferas) / Nombre común: collejón
· Eruca sativa (Familia Brassicáceas o Crucíferas) / Nombre común: oruga roqueta,mostacilla
· Silene vulgaris (Familia Cariofiláceas) / Nombre común: colleja
· Silene dioica (Familia Cariofiláceas) / Nombre común: silene roja
· Salvia pratensis (Familia Lamiáceas) / Nombre común: salvia de los prados
· Salvia verbenaca (Familia Lamiáceas) / Nombre común: gallocresta, verbenaca
· Nepeta tuberosa (Familia Lamiáceas) / Nombre común: nepeta, hierba gatera
· Linum usitatissimum (Familia Lináceas) / Nombre común: lino
· Linum perenne (Familia Lináceas) / Nombre común: lino azulado
· Asphodelus spp. (Familia Liliáceas) / Nombre común: gamón, gamonito
· Sanguisorba minor (Familia Rosáceas) / Nombre común: pimpinela menor,sanguinaria
· Foeniculum vulgare (Familia Apiáceas) / Nombre común: hinojo

Tal y como figura en dicho anexo VIII, la lista de especies elegibles podrá ampliarse a decisión del organismo gestor, con otras especies melíferas adicionales para tener encuenta sus condiciones particulares, que sean autóctonas o especies locales, siempre
teniendo en cuenta una correcta selección en aras de fomentar aquellas especies propias del lugar, y que además de tener una eficacia polinizadora, pudieran ser adyuvantes en el control de malas hierbas y plagas, evitándose en todo caso, aquellas de difícil control, o que pudieran ser reservorios de agentes perjudiciales, y en particular las exóticas reconocidas como invasoras.

En cualquier caso, y teniendo en cuenta los estudios científicos llevados a cabo por diferentes Organismos, sobre los posibles efectos perjudiciales para la salud humana de algunas sustancias como los alcaloides de pirrolizidina (PAs), no podrán ser especies elegibles cualquiera de los géneros: Borago spp., Echium spp., Heliotropum spp., y Senecio spp. Queda permitida la presencia de otras especies de carácter herbáceo, distinta de las elegibles, cuando éstas últimas sean predominantes.