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ASAJA RECUERDA A LOS AGRICULTORES DEL CAMPO DE CARTAGENA QUE EN BREVE FINALIZA EL PLAZO DE REGULARIZACIÓN DE POZOS

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La Consejería de Agua,Agricultura y Medioambiente está trabajando de forma conjunta con la Confederación Hidrográfica del Segura. Se ha presentado un total de 130 solicitudes para la legalización de pozos. A finales de octubre se comenzará a estudiar todas las solicitudes. Ambas administraciones han acordado llevar a cabo por trámite de urgencia el procedimiento de evaluación ambiental de los pozos que tardaría aproximadamente 4 meses.
Esta es la última oportunidad de legalizar pozos en el Campo de Cartagena al amparo del Decreto de sequía.

La Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) autorizará la apertura de medio millar de pozos de los regantes del Campo de Cartagena, si este colectivo acomete las obras necesarias para que la salmuera generada por las desalobradoras no vierta al mar Menor.

Las peticiones para abrir los sondeos deben ser individualizadas y se han comprometido a que serán tramitadas "lo antes posible" por Comisaría de Aguas. Hasta la fecha sólo han recibido 64 solicitudes por parte de los regantes de la comarca, por un caudal total de 5 hectómetros cúbicos anuales, que están siendo estudiadas por la CHS.

QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR LA CONCESIÓN
Cualquier persona natural o jurídica que pretenda obtener una concesión de aguas subterráneas con destino a riegos, debe solicitar la preceptiva autorización. Dado que en las concesiones para riego el agua queda vinculada a la tierra, la instancia debe ser suscrita por todos los propietarios de los terrenos a regar, excepto en las solicitu­des formuladas por comunidades de regantes o riegos en régimen de servicio público. Hacer uso de aguas sub­terráneas para riego sin disponer de la misma, podría ser objeto de sanción.

DOCUMENTACIÓN QUE DEBE APORTARSE
Modelo de solicitud DE CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS CON DESTINO A RIEGO, debida­mente cumplimentado, dónde se indica la docu­mentación precisa.
Fotocopia del DNI del solicitante o del firmante si actúa en representación de una persona jurídicai.
Documento que acredite la representación, si el firmante de la solicitud no es el interesado:

Si el interesado es una persona jurídica: Escritura de constitución de la entidad y poder del firmante de la solicitud, que acredite su condición de representante de la entidad.
Si el interesado es una persona física: Basta el poder del firmante.
Proyecto de concesión (CUATRO EJEMPLARES) suscrito por Técnico competente y visado por el Cole­gio Profesional, en los términos previstos en el artículo 106 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio (RDPH). Dicho Proyecto contendrá necesariamente:
Descripción y justificación de las obras de toma e instalaciones previstas que incluirá los cálculos elec­tromecánicos de las mismas (bombeo, impulsión y, en su caso, conducción hasta el elemento de re­gulación).
Plano de detalle de las obras e instalaciones en planta y alzado, especificando la profundidad de co­locación de la bomba, así como los posibles cruces de tuberías en dominio público hidráulico.
Presupuesto de las obras e instalaciones previstas, desglosando el correspondiente a las que estén en dominio público hidráulico.
Documentación gráfica oficial (planos catastrales, etc.) donde se indique la ubicación del aprovecha­miento y el esquema del resto de las instalaciones, los terrenos a regar, así como otros aprovecha­mientos existentes y corrientes de agua naturales o artificiales en un radio de 100 m. desde el pozo o sondeo.
Plano parcelario catastral (a escala adecuada) con delimitación expresa de las parcelas que integran la superficie regable, diferenciando, en su caso, las zonas correspondientes a nuevo regadío de las de redotación de riegos consolidados que permanecen. Se situarán asimismo los puntos de captación.
Justificación de las necesidades hídricas, incluyendo el caudal máximo instantáneo y volumen máximo anual para cada punto de captación, así como el consumo real de la explotación (diferencia entre ex­tracciones y retornos).
Programa Previsto para el desarrollo de la explotación, indicando fases y plazos.
Descripción y justificación del Sistema de Medición y Control de los caudales.
Estudio agronómico suscrito por técnico competente y visado por el Colegio profesional en los términos pre­vistos en el artículo 106 del RDPH.
Documentación que acredite la propiedad de la finca donde se ubica la captación. La propiedad se acre­dita por Certificado del Registro de la Propiedad o por la escrituras de propiedad con nota simple registral expedida en fecha actual.
Documentación que acredite la propiedad de la superficie a regar. La propiedad se acredita por Certifi­cado del Registro de la Propiedad o por la escrituras de propiedad con nota simple registral expedida en fecha actual.
Si el/los documento/s fueran comprensivos de varias fincas, se deberá identificar claramente cual/es co­rresponden a la de ubicación del pozo y a la superficie de riego propuesta. Asimismo, si en la descripción de las fincas no consta la identificación catastral (polígono y parcela), se aportará una relación de las fin­cas registrales y su correspondiente identificación administrativa (numero de polígono y parcela catastral)
SOLICITUD DE CONCESIÓN DE AGUAS PARA RIEGO EN RÉGIMEN DE SERVICIO PÚBLICO:
1. El solicitante deberá acreditar que cuenta con la conformidad de los titulares que reúnan, al menos, la mitad de la superficie regable. Para acreditar dicho extremo se presentará un documento, suscrito por cada uno de los interesados, expresando su conformidad a la solicitud de concesión en régimen de servicio público; en dicho documento se harán constar los datos relativos a nombre, domicilio, num. DNI, superficie de riego que repre­senta, parcela y polígono catastral correspondiente. Se adjuntará al mismo fotocopia del DNI y el título feha­ciente de propiedad de la superficie de riego que le corresponda. Si dicho documento fuera comprensivo de va­rias fincas, se hará constar de forma visible cual/les son las afectadas.
Se tendrá en cuenta que si la propiedad corresponde a una persona jurídica, el documento de conformidad de­berá estar suscrito por quien ostente la representación legal, debiendo quedar acreditada dicha representación. Y si fuera una propiedad indivisa de varios titulares, será suscrito por todos ellos.
2. El Proyecto de concesión que se presente, deberá incluir un estudio económico que determine los valores máxi­mos y mínimos de las tarifas correspondientes, que habrán de incorporar las cuotas de amortización de las obras.

Puede tramitar su solicitud en ASAJA Murcia. 695183641. Fuensanta

Más información e impreso de solicitud:
http://www.asajamurcia.com/legislacion/legislacion-agraria/20161011/hoja...